Identificación de conductor en DGT

La identificación de conductor en DGT es obligatoria y necesaria. Si un amigo, un pariente, un conocido, conducía tu coche lo que debes hacer es informar a la Dirección General de Tráfico.

De no hacerlo, la DGT podría multarte pues la no identificación se consideraría una infracción sumamente grave, con una multa importante en dinero, y que aunque pagaras a tiempo no podrías beneficiarte de la reducción del 50 %.

Si te ha ocurrido que la DGT te ha enviado una notificación en la que se te requiere para que identifiques al conductor de tu coche que cometió una infracción mientras lo conducía, debes comenzar el trámite lo más pronto posible.

dgt identificación de conductor

Cómo identificar al que conducía

Cuando te llega una carta de la DGT para identificar al conductor por multa de radar de tu coche, y tú no lo conducías, es preciso que lo notifiques a Tráfico en los 20 días naturales siguientes a recibir la notificación.

Si tú no conducías tu coche, la multa debe pasarse al responsable, es por eso por lo que para que tú no pagues algo que no hiciste, lo lógico es la identificación del conductor en la DGT.

Este trámite se realiza por varias vías: internet, presencialmente o por correo postal.

Identificación de conductor en DGT por internet

Desde éste enlace de la web oficial de DGT tiene una aplicación para realizar el trámite. Obviamente, deberás tener el nombre y apellido, contar con el DNI, pasaporte o el permiso de residencia, así como el domicilio postal de quien conducía tu coche.

Además, deberás tener a mano la notificación expedida por la DGT, ya que en ella se encuentra el número de expediente y el código de notificación, datos imprescindibles que tendrás que introducir en el formulario.

Si eres persona física, solo tendrás que identificar al responsable de conducir tu coche para el momento de la infracción.

Ahora bien, si esa persona no reside en territorio español o no tiene la licencia de conducir adecuada para el vehículo que conducía, no puedes hacer el trámite vía online, sino presencialmente o por correo.

Si eres persona jurídica, deberás acreditar la identificación del otro conductor, si es conductor arrendatario y la identificación de la empresa.

Para hacerlo por internet, recuerda que deberás tener algún mecanismo de identificación electrónica, ya sea el certificado digital o cl@ve pin o permanente que te haya aportado la misma DGT.

Por correo postal o Fax

Tendrías que enviar el formulario que recibiste, rellenado correctamente, a la dirección de la Jefatura Provincial de Tráfico que aparece en el mismo formulario, o al Centro de Tratamiento de Denuncias Automatizadas.

En Correos pueden ayudarte con este tema. También puedes enviar un fax al número 902 512 151.

Presencialmente

Puedes presentarte en cualquier oficina o jefatura de tráfico con toda la documentación requerida, solo deberás pedir cita previa por teléfono (llamando al 060) o por internet.

Si no supiste cómo identificar al que conducía, recibirás una sanción prevista en la Ley de Seguridad Vial y, como lo mencionamos antes, no tendrás el beneficio de reducir el 50 % del importe de la multa por hacerlo en el plazo legal.

Sin embargo, la no identificación del conductor en la DGT no acarreará pérdida de puntos en tu carnet de conducir. Pero la multa definitivamente será elevada.

Si tu coche lo conduce habitualmente otro conductor, deberás notificarlo a la DGT para que el mismo sea debidamente registrado en el Registro General de Personas.